_______________________

_______________________

viernes, 18 de marzo de 2022

La Plataforma Cívica por la luz en Cañada Real, con el apoyo de cinco grandes organizaciones internacionales de defensa de los Derechos Humanos denuncia al Reino de España ante el Consejo de Europa por la vulneración de derechos humanos en los sectores 5 y 6 de la Cañada Real.

 

La Plataforma Cívica por la luz en Cañada Real, con el apoyo de cinco grandes organizaciones internacionales de defensa de los Derechos Humanos denuncia al Reino de España ante el Consejo de Europa por la vulneración de derechos humanos en los sectores 5 y 6 de la Cañada Real.

 

       Web de consulta: https://www.plataformaluz.com/

 

Organizaciones demandantes:

       Defensa de los Niños Internacional (DCI)

        Federación Europea de Organizaciones Nacionales que trabajan con los Sin Techo (FEANTSA)

       Magistrats Européens pour la Démocratie et les Libertés (MEDEL)

       Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO)

       Movimiento Internacional ATD Cuarto Mundo

Organizaciones que apoyan:

-        Organizaciones agrupadas en la Plataforma Cívica de Apoyo a la Luz en Cañada Real; entre ellas, Amnistía Internacional, Plataforma de Organizaciones de Infancia (POI), Fundación Secretariado Gitano, Coordinadora de Barrios, hasta un total de 50.

¿Por qué se demanda al Reino de España?

La Plataforma considera que España está incumpliendo obligaciones adquiridas ante el Consejo de Europa y su Carta Social Europea, en vigor desde el 1 de julio de 2021 en su territorio, en concreto en lo relativo a:

 

       Derecho a una vivienda adecuada, artículos de la Carta 31 y E (no discriminación).

       Derecho de la familia a protección social, jurídica y económica, artículos 16 y E (no discriminación).

       Derecho de los niños a la asistencia, a la protección contra la negligencia y la violencia, y a la educación, artículos 17 y E (no discriminación).

       Derecho a la protección contra la pobreza y la exclusión social, artículos 30 y E (no discriminación).

       Derecho de las personas mayores a la protección social, artículo 23

       Derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud, artículos 11 y E (no discriminación).

       Derecho de las personas con discapacidad a la independencia, a la integración social y a la participación en la vida de la comunidad, artículos 15 y E (no discriminación).

       Derecho a la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y ocupación sin discriminación por razón de sexo, y derecho de los trabajadores con responsabilidades familiares a la igualdad de oportunidades y de trato, artículos 20, 27 y E (no discriminación).

¿Ante quién se demanda?

Ante el Comité Europeo de Derechos Sociales, (ECSR), el órgano encargado de vigilar el cumplimiento de la Carta Social Europea por parte de los estados miembros.

¿Qué busca esta demanda? ¿Qué se pide?

Se pide que el Estado (entendiendo por tal todas las administraciones públicas: estatal, autonómica y local) cese en la violación de los derechos de las personas que viven en la Cañada Real y les repare por las violaciones hasta ahora producidas

Además, con carácter inmediato se pide el restablecimiento de la luz eléctrica, como medida cautelar, dado que las personas que viven en los sectores 5 y 6 de Cañada Real, entre las que hay unos 1.800 niños, se encuentran en una situación excepcional y tangible en la que corren el riesgo de sufrir un grave daño irreparable para la vida y la integridad psíquica y física a causa de la falta de electricidad.


 

Información de contexto y consulta:

  1. La Carta Social Europea y su protocolo de actuación han entrado en vigor en España el 1 de julio de 2021 (aunque firmó la misma en octubre de 2000). Publicación en B.O.E de consulta: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-9719.

 

  1. El Consejo de Europa es una institución que tiene como máxima la protección y defensa de los derechos humanos en Europa, el fomento de la democracia y del estado de Derecho. Dentro de su estructura se encuentra el Tribunal Europeo de Derechos Humanos como órgano de control, cuya jurisdicción es obligatoria desde 1998 para sus miembros (España lo es desde 1977) considerándose el tribunal en funcionamiento más antiguo en materia de derechos humanos—.

 

  1. La Carta Social Europea es el instrumento del que se dota el Consejo de Europa para garantizar los derechos y libertades de todos los individuos en su vida cotidiana. Los derechos fundamentales establecidos en la Carta se refieren a vivienda, salud, educación, empleo, protección legal y social, movimiento de personas y no-discriminación. Documento de consulta: https://www.coe.int/es/web/compass/european-social-charter
  2. El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) se constituyó conforme al artículo 25 de la Carta Social Europea para monitorear el cumplimiento de los derechos enunciados en la Carta por los Estados Partes. Documento de consulta: https://archive.crin.org/es/guias/onu-sistema-internacional/mecanismos-regionales/comite-europeo-de-derechos-sociales.html

 

 

 


DUDAS y SUGERENCIAS.

 

segunda alegación:

14. En segundo lugar, teniendo en cuenta que la Demanda se refiere a una persona privada 

       La referencia a la persona privada es a Naturgy. Y lo que dice la reclamación es que, aunque sea una persona privada la que ha cortado la luz “las cuestiones denunciadas pueden atribuirse al Estado, al menos en su calidad de regulador” y por eso demandamos al estado

 

 

Solicitud de medidas inmediatas:

18. En vista de ello, de conformidad con los párrafos 1 y 2 del artículo 36, los denunciantes solicitan respetuosamente que el Comité indique urgentemente al Estado la adopción de las medidas inmediatas detalladas en la sección B del capítulo VI.

      El artículo 36 del Reglamento del Comité.

 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario