Los niños, niñas y adolescentes, son
actores sociales que se interesan y se preocupan por la toma de decisiones políticas
y por todas las cuestiones que les afectan.
Aunque se les impide votar, son
actores sociales, ciudadanos y ciudadanas con voz y con propuestas y demandas
que deben ser escuchadas y tomadas en cuenta.
En las elecciones del 26 de mayo:
Europeas, Autonómicas y Municipales, los niños, niñas y adolescentes también
estarán atentos a los resultados. Les interesará hacer un seguimiento de la
campaña electoral para saber si los candidatos y sus partidos políticos
integran sus demandas en sus propuestas y en sus programas electorales, con medidas
para sus municipios, Comunidades Autónomas y en Europa.
La Convención sobre los Derechos del
Niño (CDN) de Naciones Unidas consagra una serie de artículos a los derechos
civiles[1]
y políticos[2]
de los niños, niñas y adolescentes. Pero el ejercicio de esos derechos por
parte de ellas y ellos sigue careciendo de interés general para la sociedad o
los poderes públicos, principalmente porque no suman votos, porque no se
organizan en sindicatos y porque aún siguen siendo vistos como apéndices de los
adultos.
La
Campaña ESCÚCHAME EN TODO MOMENTO, SOMOS VOZ CIUDADANA, hace un llamado a los y
las candidatos /as y a los partidos políticos a tomar en cuenta a los niños,
niñas y adolescentes con seriedad y que no sean solo objeto electoral sino que
sus propuestas integren su voz y que les incorporen y les hagan partícipes del
cambio y de la construcción de una España y Europa mejor, donde ellos y ellas,
tengan mejores oportunidades para el desarrollo sin discriminación alguna y
donde puedan ejercer plenamente su ciudadanía activa y a que cumplan con sus
obligaciones y garanticen los derechos humanos para todas las personas menores
de edad en y en su jurisdicción.
[1] Derechos Civiles y Libertades vinculados con la participación de
acuerdo a la Convención sobre los derechos del Niño: artículo 12.2. ser escuchado; artículo 14.1. libertad de pensamiento y religión;
artículo 16. Respeto a la intimidad y
privacidad. Categorización tomada de Defensa de Niñas y Niños –
Internacional, Costa Rica, Manual Formación en Derechos Humanos, 2010.
[2] Derechos Políticos vinculados a la participación de acuerdo a la
Convención sobre los Derechos del Niño: artículo
12.1 opinión; artículo 13 expresión y búsqueda de información; artículo 15 asociación; artículo 17 acceso a información. Categorización
tomada de Defensa de Niñas y Niños – Internacional, Costa Rica, Manual
Formación en Derechos Humanos, 2010.
Los niños, niñas y adolescentes,
son actores sociales que se interesan y se preocupan por la toma de
decisiones políticas y por todas las cuestiones que les afectan.
Aunque se les impide votar, son
actores sociales, ciudadanos y ciudadanas con voz y con propuestas y demandas
que deben ser escuchadas y tomadas en cuenta.
En las elecciones del 26 de mayo:
Europeas, Autonómicas y Municipales, los niños, niñas y adolescentes también
estarán atentos a los resultados. Les interesará hacer un seguimiento de la
campaña electoral para saber si los candidatos y sus partidos políticos
integran sus demandas en sus propuestas y en sus programas electorales, con medidas
para sus municipios, Comunidades Autónomas y en Europa.
La Convención sobre los Derechos
del Niño (CDN) de Naciones Unidas consagra una serie de artículos a los
derechos civiles[1]
y políticos[2]
de los niños, niñas y adolescentes. Pero el ejercicio de esos derechos por
parte de ellas y ellos sigue careciendo de interés general para la sociedad o
los poderes públicos, principalmente porque no suman votos, porque no se
organizan en sindicatos y porque aún siguen siendo vistos como apéndices de
los adultos.
La Campaña ESCÚCHAME EN TODO MOMENTO, SOMOS VOZ CIUDADANA, hace
un llamado a los y las candidatos /as y a los partidos políticos a tomar en
cuenta a los niños, niñas y adolescentes con seriedad y que no sean solo
objeto electoral sino que sus propuestas integren su voz y que les incorporen
y les hagan partícipes del cambio y de la construcción de una España y Europa
mejor, donde ellos y ellas, tengan mejores oportunidades para el desarrollo
sin discriminación alguna y donde puedan ejercer plenamente su ciudadanía
activa y a que cumplan con sus obligaciones y garanticen los derechos humanos
para todas las personas menores de edad en y en su jurisdicción.
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1
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ESCUCHAME EN TODO MOMENTO:
COMO YO A TI.
PARA DECIRTE LO QUE ME GUSTA, AUNQUE A TI NO. PODEMOS TENER
DIFERENTE OPINIÓN.
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El
derecho del niño, niña y adolescente a opinar y ser escuchado debe ser
observado en los diversos ámbitos y situaciones en que el niño y la niña
crece, se desarrolla y aprende. Se deben crear canales de escucha y opinión
respetuosos en la familia, comunidad, escuelas, en las actividades
deportivas, artísticas, culturales, sociales y desde los Tomadores de
decisión para que les tomen en cuenta con seriedad.
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2
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ESCUCHAME EN TODO MOMENTO:
SON LOS PRIMEROS PASOS PARA VIVIR SIN VIOLENCIA Y PARA PODER
VIVIR EN UN ESPACIO LIBRE Y SEGURO.
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El
Comité alienta a los Estados Partes a que consulten con los niños, las niñas
y adolescentes en la formulación y aplicación de medidas legislativas,
normativas, educativas, comunitarias y de otro orden para hacer frente a toda
forma de violencia hacia ellos y ellas, y que sus opiniones y aportaciones
sean debidamente tomadas en cuenta en todos los aspectos de prevención,
vigilancia de la violencia contra las personas menores de edad y para la
presentación de informes.
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3
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ESCUHAME EN TODO MOMENTO:
TENEMOS MUCHO QUE DECIR y APORTAR.
|
El Artículo #12 de la Convención sobre los Derechos del Niño, establece
que todos los Estados Parte deben
garantizar que el niño, niña y adolescente exprese su opinión libremente en
todos los asuntos que afecten al niño y a la niña, y que le interesen.
El Artículo 13 de la Convención sobre los Derechos del Niño, reconoce
que el niño, la niña y el adolescente tienen derecho a la libertad de
expresión, lo cual incluye la libertad de buscar, recibir y difundir
informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea
oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro
medio elegido por él o ella.
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4
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ESCÚCHAME EN TODO MOMENTO:
SI VAS A TOMAR DECISIONES QUE NOS AFECTAN. COMPRENDE MIS
NECESIDADES Y RESPETA MI INTIMIDAD.
|
El
ejercicio del derecho del niño, niña y adolescente a ser e
escuchados
es un elemento fundamental en estos procesos, sus opiniones pueden aportar
perspectivas, conocimientos y experiencias útiles, al adoptar decisiones,
formular políticas, preparar leyes o medidas, así como al realizar labores de
seguimiento, evaluación e impacto
El Artículo 16 de la Convención sobre los Derechos del Niño indica
que todos los niños y niñas tienen
derecho a que se respete su intimidad.
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5
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ESCÚCHAME EN TODO MOMENTO:
TAMBIÉN PUEDO PEDIRTE CUENTAS.
|
A
los niños, niñas y adolescentes les afectan de igual medida las decisiones
políticas que se toman en las instituciones: leyes, decretos, planes. Se
supone que cualquier ley que afecte a los niños y niñas debe tener una
medición previa del impacto sobre la población infantil y adolescente. De
igual manera, las niñas y los niños pueden y tienen el derecho como
ciudadanas y ciudadanos a que se les rindan cuentas.
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6
|
ESCÚCHAME EN TODO MOMENTO:
QUEREMOS UN ENTORNO SOSTENIBLE PARA PODER VIVIR.
|
A
la hora de crear espacios lúdicos, recreativos y físicos para el desarrollo y
socialización de los niños, niñas y adolescentes, estos deben ser concebidos
tomando en cuenta las preferencias y las capacidades de las personas menores
de edad. Los niños y niñas pueden expresar
sus opiniones respecto a la accesibilidad y el carácter apropiado de las
instalaciones de juego y esparcimiento de su comunidad.
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7
|
ESCÚCHAME EN TODO MOMENTO:
SOY LIBRE PARA ORGANIZARME CON OTROS/AS CHICOS Y CHICAS.
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El Artículo 15 de la Convención sobre los Derechos del Niño reconoce los derechos del niño a la
libertad de asociarse, a la libertad de celebrar reuniones pacíficas y a la
intimidad.
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8
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ESCÚCHAME EN TODO MOMENTO:
SOMOS RESPONSABLES y SABEMOS QUE DEBEMOS RESPETAR A LOS DEMÁS
Y QUE NOS DEBEN RESPETAR A NOSOTROS TAMBIÉN.
|
Los
niños, niñas y adolescentes son tratados como minoría social y por tanto
excluidos por razón de su edad de las tomas de decisiones adultas. No se les
considera ciudadanos y ciudadanas y como tales sujetos de derechos. Se les
trata como ciudadanos y ciudadanas en construcción. Sin presente .
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9
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ESCÚCHAME EN TODO MOMENTO:
EXISTO Y SOY TAN PARTE COMO TÚ, NO ME EXCLUYAS.
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El artículo 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño está
consagrado a la no discriminación de los niños y niñas, cualquiera que sea su
edad, raza, etnia, origen, diversidad funcional, sexo, etc.
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10
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ESCÚCHAME EN TODO MOMENTO:
QUIERO Y TENGO DERECHO A PARTICIPAR EN TODOS LOS ASUNTOS QUE
ME AFECTAN Y QUE ME INTERESAN.
|
El
reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes debe ser como actores
sociales y ciudadanos con derechos en igualdad de condiciones en todos los
espacios donde ellos y ellas interactúan la familia, la escuela, la
comunidad, las redes sociales y la sociedad en general.
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[1] Derechos Civiles y Libertades vinculados con la participación de
acuerdo a la Convención sobre los derechos del Niño: artículo 12.2. ser escuchado; artículo 14.1. libertad de pensamiento y religión;
artículo 16. Respeto a la intimidad y
privacidad. Categorización tomada de Defensa de Niñas y Niños –
Internacional, Costa Rica, Manual Formación en Derechos Humanos, 2010.
[2] Derechos Políticos vinculados a la participación de acuerdo a la
Convención sobre los Derechos del Niño: artículo
12.1 opinión; artículo 13 expresión y búsqueda de información; artículo 15 asociación; artículo 17 acceso a información. Categorización
tomada de Defensa de Niñas y Niños – Internacional, Costa Rica, Manual
Formación en Derechos Humanos, 2010.
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