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martes, 14 de enero de 2014

El III Protocolo de la CDN entra en vigor tras la ratificación de Costa Rica

Un voluntario comparte un ordenador con niños
de una aldea en el distrito de Dhar, India.
© 2009 Chetan Soni, Photoshare
Hoy, los defensores de los derechos de los niños, niñas y adolescentes estamos de enhorabuena. Costa Rica es el décimo estado que ha ratificado el III Protocolo sobre Comunicaciones de la Convención de Derechos del Niño, y por tanto este tratado internacional entrará en vigor dentro de tres meses, después de tres años de campaña para conseguir la firma y ratificación de los estados.

El nuevo tratado, llamado Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) Relativo al Procedimiento de Comunicaciones o Tercer Protocolo de la CDN fue adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas en Diciembre de 2011. Costa Rica ha sido el décimo país en ratificar después de Albania, Bolivia, Gabón, Alemania, Montenegro, Portugal, República Eslovaca, España y Tailandia.

“Todos los días, niños y niñas están sufriendo violaciones a sus derechos a través de los conflictos armados, la discriminación, la violencia en sus comunidades, escuelas y hogares, porque carecen de acceso a servicios básicos como educación y salud, y porque sus opiniones son ignoradas. La lista no termina. Es momento de que las violaciones a los derechos de los niños sean llevadas ante Naciones Unidas”, ha señalado Flore-Anne Bourgeois, Co-Directora de la Coalición Internacional para el Tercer Protocolo de la CDN (Ratify OP3 CRC) de la cual forma parte DNI Internacional. “Este es un paso importante en la defensa de los derechos de la niñez. Es momento de continuar incidiendo con los gobiernos de los países la región que aún no han ratificado la Convención o sus protocolos facultativos con el fin de que ratifiquen y que el mecanismo de comunicación pueda ofrecer una alternativa a todos los niños y niñas del mundo cuyos derechos son diariamente vulnerados” afirmó Paul Bode, en nombre de la Secretaría del Movimiento Mundial por la Infancia de Latinoamérica y El Caribe (MMI-LAC).


Qué es el tercer protocolo

La importancia de este protocolo radica en que los casos de violaciones de derechos que sean presentados bajo este nuevo procedimiento de comunicaciones serán escuchados por el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas. La Convención de Derechos del Niño era el único tratado internacional sobre
derechos humanos que no otorgaba a las víctimas un mecanismo de comunicación individual para presentar
sus casos ante la ONU, de no conseguir atención a estos a nivel nacional o agotar todas las vías judiciales nacionales.

Sin embargo, con la entrada en vigor del OP3 no está todo hecho. Las organizaciones de la sociedad civil alrededor del mundo siguen instando a los gobiernos a ratificar el Tercer Protocolo para que más niños y niñas puedan reportar sus casos ante las Naciones Unidas. Esto se debe a que un estado no está obligado a cumplir este Protocolo hasta tanto no lo ratifique, y por lo tanto el objetivo sigue siendo una amplia firma y ratificación del mismo.

A partir del 14 de abril de 2014 (tres meses a partir de hoy), los niños y niñas que sean víctimas de violaciones a sus derechos en estados que hayan ratificado el tratado podrán elevar sus casos ante este Comité de no encontrar solución a nivel nacional. Cabe anotar que el tratado no es de carácter retroactivo, por tanto no cubre violaciones pasadas.

A finales del pasado mes de diciembre, Costa Rica anunciaba que iba a ratificar el OP3, cuya ceremonia de firma se había producido el 28 de febrero de 2012 con la participación de veinte países: Austria, Bélgica, Brasil, Chile, Costa Rica, Finland, Alemania, Italia, Luxemburgo, Maldivas, Mali, Montenegro, Marruecos, Perú, Portugal, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia, España y Uruguay.

Sitio de Child Rights Connect sobre la campaña.

Recursos disponibles para niños, niñas y defensores de sus derechos
· Folleto informativo sobre el Tercer Protocolo de la CDN elaborado por la Coalición.
· Versión amigable del Tercer Protocolo producida por la Representante Especial del Secretario General
sobre Violencia contra los Niños y la Coalición Internacional (Inglés)   
· Texto oficial del Tercer Protocolo Facultativo de la CDN.
· Preguntas frecuentes sobre el Tercer Protocolo.
· Herramientas para Incidencia ante gobiernos.
· Carta para que los defensores incidan ante sus gobiernos urgiendo la ratificación.


Austria, Belgium, Brazil, Chile, Costa Rica, Finland, Germany, Italy, Luxembourg, Maldives, Mali, Montenegro, Morocco, Peru, Portugal, Serbia, Slovakia, Slovenia, Spain and Uruguay - See more at: http://srsg.violenceagainstchildren.org/es/node/436#sthash.ZdGn58AN.dpuf
Austria, Belgium, Brazil, Chile, Costa Rica, Finland, Germany, Italy, Luxembourg, Maldives, Mali, Montenegro, Morocco, Peru, Portugal, Serbia, Slovakia, Slovenia, Spain and Uruguay - See more at: http://srsg.violenceagainstchildren.org/es/node/436#sthash.ZdGn58AN.dpuf

jueves, 17 de octubre de 2013

Erradicar la pobreza está en nuestras manos



El Objetivo del Milenio número 1, 
fijado por los líderes mundiales
para el año 2015.

Hoy es el Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza, declarado 10 años atrás por la Asamblea General de las Naciones Unidas (Res 47/196) con el propósito de promover mayor conciencia sobre las necesidades para erradicar la pobreza y la indigencia en todos los países, en particular en los países en desarrollo - necesidad que se ha convertido en una de las prioridades del desarrollo.

En la Cumbre del Milenio los jefes de estado y de gobierno, se comprometieron a reducir a la mitad, hasta el año 2015, el porcentaje de las personas que viven en la indigencia - cuyos ingresos sean inferiores a $1,25 dólar por día.  A tan solo menos de dos años, está claro que esa meta no se cumplirá.   Sobre todo si vemos los datos que nos presentan diversas fuentes hoy en día: más de 1.300 millones de personas sobreviven con menos de un dólar al día y 2.800 millones lo hacen con menos de dos dólares.

El tema del Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza de este año, “Juntos por un mundo sin discriminación: aprovechar la experiencia y los conocimientos de las personas que viven en la extrema pobreza”, hace referencia a la discriminación, marginación e invisibilización que sufren y se ven expuestas a diario las personas que se encuentran en pobreza.


La pobreza ya no es solo un asunto de los países  en vías de desarrollo

La crisis ha provocado la destrucción de empleo y está afectando fuertemente a Europa y en particular países como España.  El  escenario global no es alentador, porque los esfuerzos por combatir la pobreza en los países en vías de desarrollo no está resuelto y existen grandes porcentajes de población en condiciones de pobreza y extrema pobreza y en total exclusión social (sin protección social y sin ninguna posibilidad de acceder al mercado laboral), importantes inequidades y deficiencias en la respuesta de los Estados.
La crisis en España ha hecho que la cooperación al desarrollo llegue a disminuirse hasta niveles mínimos, dejando al desamparo, procesos que se venían desarrollando e impulsando para combatir la pobreza y contribuir a generar desarrollo humano, social y económico.
El destrucción del desempleo en España ha llegando a los seis millones de parados. Existe un crecimiento hasta el año 2011- último dato disponible-, de la tasa de riesgo de pobreza del 29,8%, 14,062 millones de personas, el cual supone un aumento del 30,2%. En el último informe de Caritas, la población en situación de pobreza extrema (menos de 305€ mensuales) es de 3 millones (antes de la crisis era de 1,5 millones).
El último informe de Intermon-Oxfam prevé para el año 2025 que en España el 42% de la población se encontrará por debajo del umbral de pobreza, aproximadamente unos 20 millones de personas. Un dato realmente preocupante. Si no cambian las políticas económicas neoliberales de ajuste, éste es el horizonte que se presenta, donde el que realmente está provocando es un proceso de concentración de la renta en la minoría de más ingresos, en el 1% de la población.


Pobreza y Trabajo Infantil

En la reciente III Conferencia Mundial sobre Trabajo Infantil (celebrada en Brasilia, Brasil, del 8 al 10 de octubre de este 2013), el combate a la pobreza y garantizar una educación de calidad para todos y todas fueron ejes centrales en la discusión del combate al trabajo infantil.

Como estrategia para el combate a la pobreza se señaló como una de las claves, las transferencias en efectivo. Brasil, país pionero en esta iniciativa, afirma que hay casi un 50% de reducción del hambre y la pobreza debido a las transferencias en efectivo realizadas y que por consiguiente el trabajo infantil ha mostrado cierta disminución también.  Sin embargo, dicho modelo puede no ser fácilmente replicable por otros países, sobre todo en aquellos que no cuentan con los registros nacionales o las bases de protección social necesarias y no cuentan con  sólidos sistema de transferencia.

La Marcha Global contra el Trabajo infantil por su parte presenta las 6E [1], que equivalen a las 6 grandes emergencias a resolver:  1) Emergencia en Educación; 2) Emergencia en la Implementación; 3) Emergencia en el Empleo;  4) Emergencia Económica; 5) Emergencia Ambiental y 6) Emergencia en la ética.[2]

1.Emergencia en Educación: 57 millones de niños sin escolarizar son sin duda una tarea muy difícil de alcanzar y permanecer en un alto riesgo de exclusión. La educación es una de las herramientas más eficaces, preventivas para combatir y atenuar el trabajo infantil. La educación es la clave para el desarrollo humano , el crecimiento económico sostenible de los países y habilitador para la emancipación personal. Un niño nacido de una madre educada es el doble de probabilidades de sobrevivir más allá de la edad de 5 años . Se está hablando de la educación gratuita, significativa y equitativa de buena calidad. Para lograrlo, se requerirían 18 mil millones de dólares o 3 días equivalente a los gastos de defensa global o ¼ % del dinero que los europeos gastan en cosméticos. Los gobiernos deben invertir al menos el 6% de sus respectivos PIB en la educación y los donantes deben cumplir sus compromisos hacia la educación.

2 . Emergencia en la Implementación: 177 países han ratificado el Convenio 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil , mientras que 166 naciones han ratificado el Convenio 138 de la OIT sobre la edad mínima de empleo. Por ahora la mayoría de los países cuentan con legislaciones nacionales, al menos, para combatir y penalizar las peores formas reflejadas en disposiciones laborales y legales, pero los mecanismos jurídicos y judiciales de los países siguen siendo insuficientes y no bien utilizados.

Las relacionadas con la esclavitud y la trata de personas no se cumplen y aplican correctamente. El número de procesos y condenas en casos relacionados con el trabajo infantil, la trata de niños para trabajos forzados y la esclavitud son abismalmente bajos. Esto refleja claramente la falta de voluntad política para abordar estas cuestiones.

La maquinaria de aplicación de la ley en todo el mundo necesita una revisión obligatoria en términos de capacidad, un marco sólido de responsabilidad , de justicia para las víctimas, de  rehabilitación integral.

3. Emergencia de Empleo: Es urgente inculcar el espíritu empresarial, la empleabilidad , el empoderamiento y el sentido de la protección social en la juventud a través de medidas educativas adecuadas, en particular en el grupo de edad de 14-18 años. Es necesario brindar protección a los adolescentes contra la explotación económica y la garantizar una educación de calidad.  Se debe transformar el trabajo infantil peligroso en empleo decente para los jóvenes.

4 . Emergencia Económica : El mundo sigue padeciendo bajo las secuelas de la crisis financiera global. Paradójicamente, el alto desempleo y bajas tasas de crecimiento se registran incluso en algunos de los países más desarrollados. Además calamidades naturales, los conflictos armados y el desplazamiento de las comunidades indígenas, puede estar contribuyendo a revertir los progresos realizados hacia la eliminación del trabajo infantil hasta el momento.

Las inversiones en educación, así como a intervenciones sostenidas para eliminar el trabajo infantil son fuertes métodos de mitigación de la crisis económica en el largo plazo. Ningún país ha logrado un crecimiento económico continuo y rápido sin tener al menos el 40 % de los adultos que saben leer y escribir. Existe amplia evidencia para probar más allá de duda razonable que el rendimiento de un agricultor es directamente proporcional a la educación alcanzado . Un solo año de educación primaria aumenta los salarios de las personas ganan más tarde en la vida de 5 a 15 % para los niños y aún más para las niñas. En el caso de la educación secundaria este incremento puede ser tan alta como el 15 - 25% .

Uno de los fundamentos de la economía sana es un negocio sostenible. Para las empresas que a su vez, garantizan la sostenibilidad , es imperativo que ellos consideran sus responsabilidades hacia las personas y el medio ambiente con la máxima diligencia. Las empresas deben asegurarse de que sus cadenas de suministro están libres de trabajo infantil y otras violaciones de derechos laborales. Las condiciones de trabajo decente para los adultos igual no son negociables .

Es el sector privado es el que más se beneficia de los trabajadores educados y capacitados.  Sin embargo, irónicamente su contribución a la educación es inferior al 5 % de la ayuda total a la educación. Esto es menos que aún el 0,1% de los beneficios de dos de las mayores compañías petroleras del mundo .

5 . Emergencia ecológica: La quinta emergencia se refiere al cambio climático. No sólo está afectando al equilibrio ecológico, pero es más importante que golpea a los pobres. Las calamidades naturales conducen a la destrucción de vidas y bienes que obliga a la población indígena de las zonas afectadas para dislocar. Esto a su vez se traduce en la pérdida de medios de vida preparando un terreno fértil para nexos organizadas de tratantes y traficantes de niños para operar y explotar. Hay varios ejemplos de diferentes partes del mundo, Tsunami de Asia es uno de ellos, donde los traficantes de niños se habían apostado grande en desastres naturales.

Los organismos gubernamentales deberán tener un enfoque favorable a los niños hacia la gestión de desastres. Los organismos de rescate y socorro deben ser sensibilizados, formados y preparados para atender este tipo de casos en todo momento. La investigación basada en la evidencia sobre el impacto del desequilibrio ecológico en la vulnerabilidad de los niños es igualmente importante para la sensibilización de los encargados de formular políticas y los proveedores de servicios.

6 . Emergencia ética:
La disminución general de la moralidad y la ética en la política, los negocios y la vida social es en gran parte responsable de los abusos perpetuos y explotación de los niños. “Hablamos de grandes promesas de mejorar las vidas de niños y sin vergüenza las rompemos. Hablamos alto, pero actuamos bajo”, señala el Presidente  de la Marcha Global contra el Trabajo infantil, Kailash Satyarhi.

Manos a la obra, la lucha debe continuar

La pobreza está en nuestras manos y requiere superar las voluntades y los discursos políticos y partidistas y actuar articuladamente y enfáticamente para combatir las causas y en poner en  marcha las propuestas para su combate, para así poder garantizar los derechos humanos de todos los habitantes sin discriminación alguna. La inclusión de las población en todas las acciones es un imperativo.

Nuestra meta está en disminuir las brechas de la inequidad y generar oportunidades de desarrollo equitativas para todos y todas.

Para lograr una educación de calidad para todos y todas, es necesario tener claro qué entendemos como calidad. Internacional de laEducación lo señala claramente: Maestros motivados, formados y preparados; Herramientas adecuadas para realizar el trabajo (infraestructura escolar, aulas bien equipadas, materiales, entre otros)  y contemplar en entorno para que no afecte el acceso ni la permanencia (distancia, acceso, caminos, desastres naturales, zonas aisladas, zonas de guerra. Etc.





Virginia Murillo  es presidenta de DNI Costa Rica, vicepresidenta de DNI España y miembro del comité directivo de DNI Internacional.



[1] presentado por el Presidente Mundial Kailash Satyarthi en el Plenario de la III Conferencia Mundial sobre Trabajo Infantil, Brasilia, 8,9,10 octubre 2013
[2] por su importancia se hace un extracto de lo señalado

miércoles, 2 de octubre de 2013

Información e interés superior del niño


Ya es recurrente que en España, cada vez que se da a conocer un crimen contra una persona menor de edad, se repitan las mismas prácticas informativas. Prácticas que, lejos de mejorar con el tiempo y de tener cada vez más en cuenta a la víctima, persisten en vicios y defectos a nuestro juicio muy graves, que atentan contra los derechos fundamentales del honor, la identidad y la protección de los niños, niñas y adolescentes.

En las últimas semanas se ha producido un nuevo y trágico caso de violencia contra una niña de 12 años, que ha terminado con su vida en Santiago de Compostela. Este hecho, que se está investigando por una unidad de la Guardia Civil de A Coruña, se encuentra bajo secreto judicial según lo estableció el juez encargado del caso, José Antonio Vázquez Tain. Sin embargo, desde el momento de la aparición del cadáver de la niña, los medios de comunicación han difundido todo tipo de detalles y teorías sobre las circunstancias de la muerte de la menor, su identidad y datos personales sin tapujo alguno.

Se trata de un clásico debate entre la libertad informativa, el derecho al honor y las competencias judiciales. La Ley de Enjuiciamiento Criminal y el Código Penal dan plena libertad al juez para dictar o no el secreto de sumario en un procedimiento penal, existan o no menores de edad como víctimas o imputados en el mismo. Sin embargo, con frecuencia observamos que, pese a estar levantado el secreto sumarial, los detalles de las investigaciones judiciales previas al procesamiento salen a la luz. Esto constituye una importante irregularidad de las garantías jurídicas y una irresponsabilidad por parte de los medios de comunicación. Especialmente cuando tienen que ver con personas menores de edad implicadas, ya sea como víctimas o como presuntos autores de los hechos.

La identidad del niño es un concepto jurídico, complejo como tantos otros, y por tanto sujeto a interpretaciones. El artículo 16 de la Convención de los Derechos del Niño establece que ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida, y que tienen derecho a la protección de la ley contra esas injerencias. El artículo 8 de la CDN se refiere también al derecho del niño a preservar su identidad "sin injerencias ilícitas". Por su parte, el artículo 40 reconoce el derecho a la dignidad de todo niño en conflicto con la justicia, y así también lo establece el Comentario General Nº10 de la Convención, referente a la justicia juvenil. A pesar de que las leyes internacionales y nacionales normalmente se refieren a los menores de edad en conflicto con la justicia desde la perspectiva de autores de delitos y no como víctimas, sí se reconoce su derecho a la dignidad, a la identidad y a una protección y garantías especiales por su edad y su estado de desarrrollo, en todas las fases de los procedimientos judiciales. Pero ¿qué ocurre con las víctimas?

La perspectiva de las víctimas no suele estar presente en los sistemas penales y, en el caso de las personas menores de edad, de forma más notable. Para interpretar y completar los ordenamientos jurídicos que entran en juego en este caso, y que tienen que ver con la identidad y dignidad de un menor de edad víctima de un homicidio, existe un principio que debería prevalecer y respetarse desde todas las instituciones, titulares de responsabilidades hacia los niños, niñas y adolescentes. Se trata del interés superior del niño, del que habla el artículo 3 de la Convención y que recientemente ha sido completado con un esperado Comentario General.

Lo que podría verse como un concepto demasiado general y vacuo en ocasiones, resulta perfecto para aplicarse en este caso: una víctima, menor de edad, presuntamente asesinada, de la cual se difunden detalles de su vida privada, imágenes e identidad. El interés superior del niño es un concepto con tres dimensiones: es un derecho sustantivo, un principio jurídico interpretativo fundamental y una norma de procedimiento. Esto quiere decir que cualquier decisión por parte de estados, instituciones o personas físicas, que afecte de alguna manera a los niños, debe considerarse y sopesarse sometiéndola al mejor interés del niño. Una cuestión aparte es la forma en que se articula ese "mejor interés del niño", pero lo interesante aquí es que ese principio teórico debe prevalecer en las cuestiones que los afectan.

Los medios de comunicación raras veces han respetado un tratamiento informativo digno con víctimas menores de edad, y no sólo no rectifican sus errores sino que los repiten y los convierten en norma habitual. Algunas de las prácticas que más nos han llamado la atención a propósito de este trágico caso son las siguientes:


  • Difundir el nombre completo de la víctima, en lugar de utilizar iniciales.
  • No utilizar el velado de las caras.
  • Se informa sobre circunstancias de la vida privada de la menor, supuestamente bajo secreto sumarial y que no añaden información sobre el suceso sino interpretación de los hechos.
  • Se contrastan datos e informaciones con compañeros y compañeras del colegio de la víctima, menores de edad, en ocasiones difundiendo su identidad o imagen.
  • Se difunden contenidos privados de la víctima, a través de un blog personal.
  • Al tratarse de una víctima menor de edad y adoptada internacional, se incurre en una doble violación de su identidad y dignidad.


Y en general, se incurre en una utilización mercantil de la información y de la víctima como contenido, sirviendo de excusa para vender exclusividad, novedad o última hora.

La justicia restaurativa defiende el resarcimiento de la víctima como principal reparación de un delito, lo cual supone poner a la víctima en el centro del sistema judicial. Siguiendo ese razonamiento, la dignidad de la víctima siempre estará por encima de otras consideraciones como la de la libertad informativa -concepto que debe complementarse con la ética profesional y deontológica-.